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Bienvenido al Sitio Web del Hospital "Agramont" - Líder en Atención de Salud en Bolivia y primera institución de Salud publicada en la red.

Esta Institución nació el 12 de Agosto de 1995 y, en la actualidad, se constituye en uno de los principales centros privados de salud que brinda servicios médico quirúrgicos y complementarios, en particular a la Ciudad de el Alto; ciudad pujante y con una alta tasa de crecimiento demográfico.



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ATROPELLO POR PARTE DE AUTORIDADES SANITARIAS
AL HOSPITAL "AGRAMONT"
LEGALMENTE AUTORIZADO Y CLASIFICADO

 
La tarde del día 30 de diciembre de 2009, con actitud delincuencial, autoridades sanitarias del SEDES La Paz y de SERES El Alto, sin cumplir el debido proceso, no habiendo notificado la comisión u omisión de alguna irregularidad y, sin portar identificación ni alguna Resolución de clausura, pretendieron pegar papeletas de Clausurado en el frontis y la pared lateral del Hospital “AGRAMONT”. Ante esta actitud totalmente ilegal, exigimos el cumplimiento del debido proceso y las pruebas de las investigaciones que supuestamente habrían realizado; no habiendo demostrado ninguno de los extremos ni por lo menos exhibido antes del intento del pegado de los precintos que no lograron colocarlos, abocándose a realizar solamente un acto simbólico ante los medios de comunicación, a los que fueron convocados y en presencia de las personas contratadas a las que trasladaron desde la ciudad de La Paz en 12 motorizados de uso oficial, incluidas 4 ambulancias de la Red 118.

 



Cancha Maracana, a 2 cuadras del Hospital "Agramont": En estas movilidades fuerón trasladadas personas que aparecieron el los medios de comunicación realizando denuncias, sin ningun respaldo. (Placas de control 1919 YHG, 1919 YFD, 1919 YEU, 1325 XIL, entre otras.)

Ante esta arremetida, exigimos que demuestren la Resolución de Clausura, interpondremos el recurso de revocatoria de la inexistente resolución ante la instancia superior, exigiremos también la prosecución del proceso penal iniciado en el Ministerio Público por los delitos cometidos por estas autoridades y, ya nos sometimos ante la Brigada Parlamentaria La Paz del Honorable Congreso Nacional (ANEXO Nº 33 y 34) para ser investigados hasta desbaratar la serie de acusaciones infundadas propaladas por las personas indicadas en el 3º párrafo del presente oficio, ante la falta de investigaciones necesarias para averiguar la verdad histórica de los hechos por parte de las autoridades de salud, del municipio y otras instituciones que conocieron estas denuncias.

Mientras tanto, ante la falta de procedimiento legal para la intención de clausura por parte de las autoridades coyunturales del SEDES LP y del SERES EA, el

 

Hospital “AGRAMONT” continuará prestando servicios médico quirúrgicos y complementarios a los pacientes que confíen en la calidad de los servicios oportunos, integrales y profesionales cultivados en los 13 y medio años de funcionamiento legal al servicio de la población de los municipios de El Alto, La Paz, de las provincias del interior del departamento y del país.

Fueron varias las declaraciones a través de los medios de comunicación de las autoridades mal asesoradas del MSyD –Dr. Ramiro Tapia Sainz-, del SEDES LP –Dr. Reynaldo Almaraz Lazarte-, del SERES EA –Dr. Alfredo Estrada Yupanqui-, de la Concejal del Municipio E.A. –H. Cristina Márquez-, de la Presidenta de la Asamblea de Derechos Humanos de El Alto –Sra. Juana Cabrera- y de algunos dirigentes de organizaciones sociales a título personal –Sr. Luis Huanca Huanca-, -Sra. Lourdes Gómez de Pacheco-, entre otras; en las que se melló la dignidad, se atropelló derechos fundamentales a la libertad de trabajo, la justa remuneración y la propiedad privada de más de 200 funcionarios del Hospital “AGRAMONT”, desviando además la clientela cultivada en más de 13 años de atención oportuna, integral y de calidad a los pacientes; con las que, simplemente afirmaban contar con denuncias, sin haberlas investigado o documentado su veracidad o falsedad y, desacatando requerimientos fiscales de fotocopias legalizadas de las supuestas denuncias de la autoridad del Ministerio Público.

Desde hacen dos meses, declaraciones irresponsables de autoridades sanitarias, instaron a personas inescrupulosas a tejer una serie de denuncias totalmente inverosímiles e infundadas legalmente de haber cometido delitos por mala praxis, con el único fin de evadir la responsabilidad económica contraída por la prestación de servicios médico quirúrgicos recibidos por pacientes ó sus familiares; a las que se sumaron intereses personales y actitudes de envidia por haber logrado constituir un establecimiento legalmente autorizado y clasificado en el III Nivel de Salud (el de más alto nivel de resolución) dentro del Sistema Nacional de Salud.

Continuaron luego, con amenazas de intervenir, incendiar, nacionalizar y clausurar con el apoyo de algunos dirigentes de organizaciones sociales que se prestaron a cometer esos delitos, atribuyéndose además la representación de todo un pueblo, sin siquiera haber sido autorizados por el directorio en pleno de sus organizaciones.

Al no encontrar sustento legal de las supuestas acusaciones de mala praxis, urdieron otra serie de acusaciones, a manera de casería de brujas, afirmando que el Hospital “AGRAMONT” no contaría con la documentación legal de funcionamiento y, que no cumpliría con los requisitos básicos de infraestructura, sin siquiera conocer nuestro hospital.

Se demostró el legal funcionamiento del Hospital “AGRAMONT” (Anexos 1 a 14), a través de oficios presentados a las diferentes autoridades; entre ellas el Ministerio de Salud y Deportes (MSyD), el Servicio Departamental de Salud La Paz (SEDES LP), el Servicio Regional de Salud El Alto (SERES EA), el Concejo Municipal El Alto, el Director de Salud del Municipio El Alto, la Brigada Parlamentaria La Paz del H. Congreso Nacional, la Vicepresidencia de la República, entre otras Instituciones y Organizaciones, más las quince solicitudes de renovación de funcionamiento, renovación de clasificación y prosecución de Acreditación (Anexos 15 a 29) que no fueron respondidas por el SERES EA ni por el SEDES LP, en actitud de represalia a la insistencia para ser renovadas nuestra autorización de Funcionamiento y Clasificación, ante la inexistencia de incumplimiento a sus atribuciones de fiscalizar el legal funcionamiento de los establecimientos de salud de más de 600 establecimientos públicos, de la seguridad social y privados que no cuentan con la autorización de funcionamiento ni fueron clasificados hasta la fecha, como manda la Resolución Ministerial Nº 0361 en su inciso a y b del artículo 9 y, como se demostró con el listado de establecimientos del departamento de La Paz adjunto en ANEXO Nº 30.

A través del Informe DS/069/08 (ANEXO Nº 31) de fecha 03/12/08 del Director de Salud al Alcalde del Municipio El Alto en respuesta a la solicitud de informe del Concejo Municipal El Alto, nos enteramos de la comisión del delito de falsedad material e ideológica por parte de la Responsable de Certificación y Acreditación del SERES EA, al afirmar que, solamente habríamos presentado 3 de las 15 solicitudes de renovación presentadas y, se habría entregado a nuestro hospital las observaciones en tres oportunidades de la única recibida; afirmación que es totalmente falsa y de conocimiento de la misma funcionaria que sabe que solo reportó a su Director y que ésta autoridad no se dignó respondernos al oficio de observación subsanada y las posteriores solicitudes de consideración de aceptación de fotocopia simple de carnet de identidad por el de legalizada y el de obviar el carnet sanitario para funcionarios que no están en contacto con pacientes y/o alimentos. Esta exigencia de Carnet Sanitario no es cumplida ni siquiera por el personal de los establecimientos públicos y el de la Seguridad Social. A través de oficios y Orden Judicial se solicitó al SEDES LP los Manuales de Procedimientos de Renovación de Funcionamiento y Clasificación, la Guía y Manual vigente de Acreditación, así como otras normas que, hasta la fecha, no dieron cumplimiento.

Otra muestra de falsedad ideológica y material es la afirmación del Informe Hospital Agramont adjunto en ANEXO Nº 32 (CITE: URS/SEDES/0291/08 de fecha 13/11/08 del SEDES LP al MSyD); en el que:
En el punto “3. El hospital Agramont no obtuvo su renovación de licencia de funcionamiento a partir de 2007, debido a que no cumplió con los requisitos exigidos por el SEDES LP, pese a las reiteradas solicitudes que realizó la instancia pertinente del SEDES LP para regularizar su situación, hecho que se encuentra debidamente documentado en respuesta a sus solicitudes de renovación.” Esta afirmación es completamente falsa; porque, de acuerdo al inciso j del art. 10 de la R.M. 025/2005, se establece que: La habilitación deberá ser renovada cada dos años… Tampoco recibimos las referidas “reiteradas solicitudes” para regularizar nuestra situación. Reafirmamos que, solamente recibimos una observación a las 15 solicitudes presentadas y, que la carga de la prueba, en este caso corresponde al SEDES LP, teniendo que demostrar con cargo de recepción por parte del HOSPITAL AGRAMONT si hubiésemos recepcionado las mencionadas respuestas.
En el punto 5, afirma que: “A partir de esa fecha (2006), el hospital no demostró haber cumplido con las recomendaciones realizadas para cumplir los requisitos básicos ni los requisitos para la acreditación”; al respecto, una vez subsanadas las observaciones de la pre-acreditación, comunicamos y solicitamos la prosecución de la acreditación en fecha 30/10/07 (ANEXO Nº 18) y, reiteramos, las 15 solicitudes de renovación presentadas.
En el punto 7, afirma que: “Cursan en el SEDES denuncias sobre cobros irregulares, mal trato, discriminación, incumplimiento de normas y protocolos…”; respondemos con la garantía constitucional de: se presume la inocencia de todo ciudadano hasta que se demuestre lo contrario y, que la carga de la prueba corresponde a los denunciantes; concretamente, en estos casos a las autoridades receptoras de simples denuncias infundadas, no investigadas ni rechazadas por las personas sumariantes.
En cuanto a la afirmación de participación de 13 instituciones, solamente se trata de funcionarios de las diferentes reparticiones del MSyD, del SEDES LP y del SERES EA (3 Instituciones y no 13).
Referente a la instrucción del Director del SEDES LP:
¿Cuáles son los argumentos legales para instruir a la Unidad Jurídica la Clausura inmediata del Hospital Agramont?;
¿Cómo pueden anular la clasificación de tercer nivel autorizada en tres gestiones y, cuáles son los requisitos no cumplidos?;
Si no se solicitó aún la apertura de funcionamiento de un nuevo hospital en la zona de Río Seco, ¿cómo pueden concluir la no aprobación?
Finalmente, en el último párrafo, se delatan y aceptan el vacío legal existente de no contar con la “Norma de Caracterización de los establecimientos de II y III nivel y de habilitación de establecimiento, herramientas necesarias para evitar la inadecuada interpretación y aprobación de funcionamiento sin el respaldo legal correspondiente”. ¿Entonces, cuáles son las normas legales y los manuales de procedimientos de renovación de autorización y clasificación de establecimientos que utilizaron en nuestro caso? ¿Estamos sometidos al libre albedrío o capricho de las autoridades coyunturales?

Este es un resumen de las arbitrariedades de las autoridades sanitarias y de algunos dirigentes que se atribuyen la representación de todo un pueblo y que atentan contra los derechos fundamentales de los pacientes, de los trabajadores de un hospital privado de salud y de la sociedad en general, en particular de los habitantes de El Alto que necesitan de más hospitales de salud, sean públicos, privados o de la seguridad social.

FUNCIONARIOS DEL HOSPITAL “AGRAMONT”
pornuestrosderechos@hospitalagramont.com.bo

DOCUMENTACION QUE RESPADA LA LEGALIDAD DEL HOSPITAL "AGRAMONT"
ANEXO Nº 1 CERTIFICADO DE APERTURA DE FUNCIONAMIENTO - PREFECTURA DEL DEPTO. DE LA PAZ - Ago/2000
ANEXO Nº 2 RES. ADM. 0035/00, CERTIFICADO DE FUNCIONAMIENTO - PREFECTURA DEL DEPTO. DE LA PAZ - 03/08/2000
ANEXO Nº 3 RES. ADM. 0038/00, AUTORIZACION DE APERTURA DE FARMACIA - UNIDAD DESCONCENTRADA DE SALUD EL ALTO - 23/08/2000
ANEXO Nº 4 RES. ADM. 0009/03, RENOVACION DE FUNCIONAMIENTO - SEDES LA PAZ - 23/01/2003
ANEXO Nº 5 RES. ADM. 0029/04, CLASIFICACION COMO HOSPITAL DE TERCER NIVEL - SEDES LA PAZ - 31/05/2004
ANEXO Nº 6 RES. ADM. 0119/05, RENOVACION DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO - SEDES LA PAZ - 23/02/2005
ANEXO Nº 7 RES. ADM. 0152/05, RENOVACION DE RESOLUCION DE CLASIFICACION - SEDES LA PAZ - 04/03/2005
ANEXO Nº 8 RES. ADM. 0012/06, RENOVACION DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO - SEDES LA PAZ - 25/01/2006
ANEXO Nº 9 RES. ADM. 0031/06, RENOVACION DE CLASIFICACION DE TERCER NIVEL - SEDES LA PAZ - 27/01/2006
ANEXO Nº 10 RES. ADM. 00145/08, AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LABORATORIO - SEDES LA PAZ - 04/03/2008
ANEXO Nº 11 ACTUALIZACION DE MATRICULA DE COMERCIO - FUNDEMPRESA - 12/06/2008
ANEXO Nº 12 CERTIFICADO DE INSCRIPCION DE CONTRIBUYENTE - NIT - IMPUESTOS NACIONALES - 23/10/2008
ANEXO Nº 13 CERTIFICADO DE INSCRIPCION - REGISTRO DE EMPLEADORES - MIN. DE TRABAJO - 01/06/2004
ANEXO Nº 14 CARNET DE EMPLEADOR Nº06674 - CAJA NACIONAL DE SALUD - 17/01/2005
ANEXO Nº 15 CITE H.A.0030/2007, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION - DIRIGIDO A SEDES LA PAZ - 22/01/2007
ANEXO Nº 16 CITE H.A.0031/2007, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION - DIRIGIDO A SEDES LA PAZ - 22/01/2007
ANEXO Nº 17 CITE H.A.0133/2007, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION - REITERACION - DIRIGIDO A SEDES LA PAZ - 23/05/2007
ANEXO Nº 18 CITE H.A.0322/2007, SOLICITUD DE VERIFICACION DE REQUISITOS PARA ACREDITACION - DIRIGIDO A SEDES LA PAZ - 29/10/2007
ANEXO Nº 19 CITE H.A.0011/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - DIRIGIDO A SEDES LA PAZ - 07/01/2008
ANEXO Nº 20 CITE H.A.0059/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - DIRIGIDO A SERES EL ALTO - 22/02/2008
ANEXO Nº 21 CITE H.A.0097/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - REITERACION - DIRIGIDO A SEDES LA PAZ - 04/05/2008
ANEXO Nº 22 CITE H.A.0098/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - REITERACION - DIRIGIDO A SERES EL ALTO - 12/05/2008
ANEXO Nº 23 CITE H.A.0114/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - REITERACION - DIRIGIDO A SERES EL ALTO - 29/07/2008
ANEXO Nº 24 CITE H.A.0223/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - REITERACION - DIRIGIDO A SEDES LA PAZ - 31/07/2008
ANEXO Nº 25 CITE H.A.0439/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - REITERACION - DIRIGIDO A SERES EL ALTO - 25/11/2008
ANEXO Nº 26 CITE H.A.0442/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - REITERACION - DIRIGIDO A MIN. DE SALUD Y SEDES LA PAZ - 25/11/2008
ANEXO Nº 27 CITE H.A.0444/2008, SOLICITUD DE LA GUIA DE EVALUACION Y MANUAL DE ACREDITACION - DIRIGIDO A SEDES LA PAZ - 25/11/2008
ANEXO Nº 28 CITE H.A.0502/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - REITERACION - DIRIGIDO A SERES EL ALTO - 11/12/2008
ANEXO Nº 29 CITE H.A.0503/2008, SOLICITUD DE RENOVACION DE CLASIFICACION, Y AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO - REITERACION - DIRIGIDO A SEDES LA PAZ - 11/12/2008
ANEXO Nº 30 CITE JAC/147/05, LISTA DE ESTABLECIMIENTOS CLASIFICADOS - SEDES LA PAZ - 05/10/2005
ANEXO Nº 31 INFORME DS/069/08, INFORME SOBRE DENUNCIAS EN CONTRA DEL H.A. - GOBIERNO MUNICIPAL EL ALTO - 03/12/2008
ANEXO Nº 32 CITE URS/SEDES/0291/08, INFORME HOSPITAL AGRAMONT - SEDES LA PAZ A MINISTERIO DE SALUD - 13/11/2008
ANEXO Nº 33 BPLP.1289-2008-2009, SOLICITUD DE INFORMES SOBRE DENUNCIAS - CAMARA DE DIPUTADOS A SEDES LA PAZ - 30/12/2008
ANEXO Nº 34 BPLP.1291-2008-2009, SOLICITUD DE INFORMES SOBRE DENUNCIAS - CAMARA DE DIPUTADOS A MIN. DE SALUD LA PAZ A MINISTERIO DE SALUD - 30/12/2008
     
Villa Dolores Calle 11 Nº 435, Entre Francisco Carvajal y Francisco Vezga , Telefono 2 822 822
Rio Seco Av. Juan Pablo II, Nº 3000, Ex Tranca , Telefono 2 86 0505
Ciudad de El Alto, La Paz - Bolivia